En un artículo de opinión del medio digital labritany.com, firmado por Carlos Andrade, se hizo una apología incitando al pueblo salvadoreño a romper el orden constitucional al disolver al Primer Órgano del Estado por supuestamente «obstaculizar la gestión del presidente Bukele».
«El artículo 87 de la constitución establece que el pueblo está en su derecho de exigir una disolución de la Asamblea, ya que los parlamentarios solo obstaculizan la gestión del gobierno; estos diputados están en una batalla de frente en contra del gobierno; es evidente que no quieren acatar lo que sea beneficioso para el pueblo.
Por eso queremos informar a los salvadoreños a que si esta permitido exigir la disolución de esta Asamblea; así como lo hicieron en el Perú en apoyo a su presidente.
Los diputados olvidaron que trabajan para el pueblo; y que quien realmente mandan son los salvadoreños.», reza la publicación.
La nota se sustenta en un tuit del diputado oficialista Numan Salgado, donde se muestran desórdenes callejeros en el Perú luego que el presidente disolviera el Congreso y este destituyera al presidente.
Si bien la Constitución de la República considera el «derecho a la insurrección», lo hace, «…para el solo objeto de restablecer el orden constitucional alterado por la transgresión de las normas relativas a la forma de gobierno o al sistema político establecidos, o por graves violaciones a los derechos consagrados en esta Constitución.
Las atribuciones y competencias que corresponden a los órganos fundamentales establecidos por esta Constitución (Ejecutivo, Legislativo y Judicial), no podrán ser ejercidos en ningún caso por una misma persona o por una sola institución».
El sistema político establecido por la Constitución de la República reconoce un gobierno Republicano, Democrático y Representativo que se expresa por medio de los Partidos Políticos.
Según la Carta Magna salvadoreña, «La existencia de un partido único oficial es incompatible con el sistema democrático y con la forma de gobierno establecidos en esta Constitución»
La única salvaguarda que hace la ley fundamental de El Salvador, con respecto a la forma de gobierno, se refiere a la Presidencia de la República especificando en su Artículo 88 que: «La alternabilidad en el ejercicio de la Presidencia de la República es indispensable para el mantenimiento de la forma de gobierno y sistema político establecido. La violación de esta norma obliga a la insurrección».